El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha estimado el recurso de suplicación, interpuesto por la representación de una empresa gallega, dedicada al tratamiento de residuos industriales, declarando la procedencia del despido de un trabajador, al considerar que, éste, actuó con deslealtad y transgresión de la buena fe contractual al haberse reenviado, desde la cuenta de correo electrónico de la empresa, información confidencial y sensible de la propia compañía y de otros trabajadores, sin contar con la autorización de la dirección.